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BOLETIN D-3

A partir de enero de 1993, las empresas en México tienen la obligación de reflejar sus pasivos laborales de acuerdo con los principios señalados en el Boletín D-3 emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

En enero de 1997 aparece la Circular 50,la cual obliga a los actuarios a considerar tasas reales en lugar de nominales, y a considerar ajustes inflacionarios al final de cada ejercicio.

Asimismo se menciona específicamente la necesidad de reconocer y revelar las remuneraciones al retiro, sean formales o informales, entrando aquí las pensiones por jubilación sustitutas de una indemnización, legal o no, pagadera al retiro. Se incluyen también el FASB-88 y el FASB-106.

En enero de 1999 aparece el Nuevo Boletín D-3, que es básicamente el anterior pero con las adecuaciones de la Circular 50.

En enero de 2004, el IMCP publica un nuevo Boletín D-3, el cual contempla la necesidad de realizar una valuación actuarial para estimar el pasivo que representan los pagos por terminación de la relación laboral por causas distintas de reestructuración.

Esta disposición será obligatoria a partir del 1 de enero de 2005.

 



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