1.
¿Cuál es la mejor solución laboral
para el retiro de sus trabajadores? - Reglamentación al
respecto.
Act. Salvador
Milanés García-Moreno
Es
nuestro deseo compartir con ustedes nuestra opinión sobre algunos aspectos que a lo largo de más
de 40 años de experiencia en el campo de la consultoría actuarial
en México consideramos que son puntos clave para la empresa y les podrán
servir como orientación para la toma de decisiones referentes al retiro
de sus trabajadores.
¿Qué dicen
las leyes al respecto?
Primeramente, debemos considerar la reglamentación al respecto:
• Ley Federal
del Trabajo
• Ley del IMSS
(AFORES)
• Ley del ISR
• Boletín
D-3
2.
Lo nuevo del Boletín D-3
Act. Claudia Feria Cuevas
En enero de
2004, el I.M.C.P. publicó el nuevo Boletín D-3 el cual
contempla cambios importantes que a continuación se mencionan.
Se deja sin efecto
la Circular 50 referente a “Tasas de interés a utilizar
para la valuación de las obligaciones laborales y aplicación
supletoria de principios de contabilidad, relativa a las obligaciones
laborales” y se incorpora el tema de “Remuneraciones por
otros beneficios posteriores al retiro”.
Se incluye el tema
de “Remuneraciones al término de la relación laboral”,
el cual sustituye al párrafo 58 referente a “Pagos imprevistos” que
consideraba pagos por indemnizaciones no sustitutivos de una jubilación.
El término
de la relación laboral que se menciona en el párrafo
anterior, se refiere específicamente a situaciones antes de
la edad de retiro.
3.
El eterno debate: Beneficio definido vs. contribución definida
Act. Salvador
Milanés García-Moreno.
A continuación me permito hacer algunas reflexiones que espero les sean
de utilidad para tomar una buena decisión al respecto del establecimiento
de un Plan de Pensiones por Jubilación. La pensión
mensual que el IMSS otorgará a más del 95% de los empleados,
de más del 95% de las empresas establecidas en México,
equivale hoy día, en promedio, a alrededor del 70% de su último
sueldo.
Si una empresa
estableciera un Plan de Pensiones complementario al IMSS, que sólo
contemplara el pago de un beneficio equivalente a la indemnización
legal, la pensión del Plan en promedio podría equivaler
a entre el 15% y el 20% del sueldo final del empleado.
Esto quiere
decir, que sumadas las pensiones que sus trabajadores recibirían
del IMSS y del Plan, en promedio alcanzarían una percepción
mensual cercana al 90% de su ingreso bruto, lo que podría
significar en promedio cerca del 100% de su sueldo neto.
4. La Globalización en Números
Act. Salvador Milanés García.
La
globalización de la economía ciertamente nos da la
oportunidad de acceder a mercados externos, pero a su vez les abre
la puerta a los proveedores extranjeros de bienes y servicios para
que vengan a ofrecer sus productos en nuestro país.
La
competencia es sana, y si no se da caeremos fatalmente en monopolios
o en la
incompetencia,
al amparo de proteccionismos malentendidos,
con sus inherentes consecuencias nefastas que hoy permanecen tristemente
en la memoria; sin embargo, para que la competencia se dé, necesariamente
deben concurrir dos características, aunque no limitativamente:
la competencia sólo puede darse entre iguales y en entornos
similares. Si esto no ocurre, se dará el avasallamiento, el
aniquilamiento o el desplazamiento de la empresa débil frente
a la poderosa.
Los
promotores del libre mercado son por obvio quienes tienen la sartén
por el mango, o sea, quienes en una lucha desigual llevan de antemano
todas las ventajas y se autojustifican aduciendo incompetencia en las
empresas que desplazan.
5. La Pobreza en Números
Act.
Salvador Milanés García..
Las causas estructurales de la
pobreza en México se
encuentran institucionalizadas, legalizadas y legitimadas, con la
complicidad
activa de las autoridades del Gobierno, de las Centrales Obreras
y del Sector Empresarial y con la complacencia pasiva de la Sociedad
Civil.
En
los últimos 20 años, de 1982 a 2002, el salario mínimo
ha tenido un incremento de 150.5 veces, mientras que en el mismo lapso,
según datos publicados por el Banco de México, la inflación
oficial ha crecido 618 veces, lo que significa arriba de 4 tantos más.
En otras palabras, para tener el poder adquisitivo de un salario mínimo
de 1982, es decir, la misma calidad de vida, se tendría que
percibir 4 salarios mínimos en el año 2002, lo que significa
que el salario mínimo ha perdido el 75% de su valor en el mercado
en los últimos 4 lustros.
Esta
realidad pretenden redargüirla quienes aducen que ya nadie
gana un salario mínimo, lo cual es una falacia puesto que el
IMSS reporta a mayo de 2002, 1’760,000 afiliados que cotizan
en un salario mínimo, lo que representa el 14.6% del total de
sus afiliados.
6. Remuneración del Trabajo
Act.
Salvador Milanés García.
Tema de reflexión; no doctrinario;
no concluyente.
1. ¿Qué es el trabajo? El trabajo es un acto del hombre
y por lo mismo un acto digno. Sólo es trabajo aquello que genera
un valor agregado, ya sea económico o en servicio.
Si
esto no se da, puede que se dé una ocupación, más
no trabajo.
-
La prestación del trabajo es productiva,
produce frutos: económicos o en servicio. Su contraprestación
es la remuneración.
-
La ocupación, por el contrario, no es productiva.
Si conllevara alguna retribución, sería un subsidio,
una carga.
-
El trabajo es un medio, nunca un fin en sí mismo;
un medio que permita obtener una remuneración equitativa y justa,
que compense el esfuerzo y la aportación productiva hecha a
la sociedad.
-
El trabajo es a la vez un derecho y un deber social. El trabajo,
decía Voltaire “nos permite desterrar las
tres mayores calamidades que aquejan al hombre: el tedio, el vicio
y la necesidad”.
San Pablo en la sentencia lapidaria nos dice: el que no trabaje, que
no coma.
§ El trabajo tiene una dimensión trascendente, y es que
a través de él estamos completando la obra inacabada
de Dios, y por ello el trabajo nos asocia a la obra de Dios.
- ¿Qué no es el trabajo? El trabajo
no es una mercancía
y por lo tanto ni puede ni debe estar sujeta a la ley de la oferta
y la demanda.
7.
Seguridad
Social, seguros sociales, Planes de Pensiones complementarios y ahorro
voluntario para el retiro
Act. Salvador Milanés García-Moreno.
No es sino hasta principios del siglo pasado cuando nace en el mundo
la “Seguridad Social Integral” propiamente dicha. A diferencia
de los “seguros sociales” (aislados) que habían surgido
algunos años atrás, ésta busca proteger a toda la
población de un país, y no solamente a ciertos grupos de
trabajadores, como lo hacen los seguros sociales.
Esquema de Tres Pilares
Más adelante, hace apenas unas décadas, se perfeccionaría
el esquema de seguridad social, apoyado en la experiencia de los países
más avanzados en esta materia, construido bajo el esquema de tres
pilares. En este esquema, un primer pilar cubre a toda la población
pero sólo hasta cierto nivel mínimo de subsistencia que
le permita a cualquier persona (ya sea trabajador o no) tener cubiertas
sus necesidades básicas en caso de no poder mantenerse por sí sola,
haberse incapacitado, llegar a una edad avanzada, o no poder mantener
a su familia en caso de haber fallecido. Normalmente, este primer pilar
es financiado por impuestos generales o específicos (e.g. al tabaco,
al alcohol, a la gasolina, etc.).
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