SEGURIDAD SOCIAL / AFORES
PLAN DE PENSIONES POR JUBILACIÓN
PLAN DE PENSIONES POR FALLECIMIENTO E INVALIDEZ
BOLETÍN D-3
OTROS


PREGUNTAS DEL PLAN DE PENSIONES POR FALLECIMIENTO E INVALIDEZ

1. ¿Las sumas aseguradas varían de acuerdo a la edad del contratante, o únicamente al sueldo percibido, es decir, en todos los casos son 70 meses de sueldo?

2. ¿El tiempo para el pago de pensión será dictaminada por el empleado?

3. ¿Si el empleado se jubila pierde totalmente este beneficio? ¿Qué pasa con la prima que estaría pagando a la fecha?, hay retroactivos?

4. Se menciona que el plan termina si a la fecha de invalidez el empleado hubiera cumplido la edad máxima para recibir los beneficios correspondientes? ¿A qué se refieren con esto?

5. ¿Cuál es el costo del plan y Formas de pagos?






1. ¿Las sumas aseguradas varían de acuerdo a la edad del contratante, o únicamente al sueldo percibido, es decir, en todos los casos son 70 meses de sueldo?

La suma asegurada se compone de 3 partes: un fondo de sepelio (3 meses de sueldo bruto), una ayuda familiar (3 meses de sueldo neto), y el capital requerido para proveer una pensión que junto con la del Seguro Social le permita al empleado (en caso de invalidez), o a sus beneficiarios (en caso de muerte), recibir un ingreso mensual equivalente al 75% del sueldo neto del empleado.

De aquí se concluye que las 2 primeras partes de la suma asegurada dependen únicamente del sueldo del empleado, pero la tercera (que es la principal) depende de su sueldo y de la pensión que estimamos reciba del IMSS, que en cada caso es diferente, ya que dependerá de los años cotizados a ese Instituto.

Este capital dependerá de la tasa de cálculo que se considere, ya que la pensión mensual será el interés de cálculo considerado mensual que se obtenga con el rendimiento de dicho capital, reinvirtiéndose el excedente para que el capital se incremente (o por lo menos para que no pierda mucho poder adquisitivo).

Actualmente recomendamos que se considere una tasa de interés de cálculo de 6% anual, o sea 0.5% mensual. Con esta tasa, podemos hablar de sumas aseguradas de entre 60 y 80 meses de sueldo, lo que nos da en promedio 70, pero esto no quiere decir que todos estén asegurados por 70 meses. Cabe decir que la pensión mínima del Plan la definimos como el 30% del sueldo de cada quien, lo que significa que la suma asegurada mínima son 60 meses (30% / 0.5%).

 


2. ¿El tiempo para el pago de pensión será dictaminada por el empleado?

Así es, el empleado a través de su carta testamentaria decide si quiere dejarle una pensión durante algún tiempo a sus beneficiarios, o si no desea dejarles pensión, en cuyo caso se le entregaría el capital directamente a sus beneficiarios en una sola exhibición.

La condición para que se pague el capital puede ser:
" de tiempo, ejemplo: "dentro de 5 años (y mientras que se le pague pensión a los mismos o a otros beneficiarios)"
" de edad de los beneficiarios, ejemplo: "conforme mis hijos cumplan 21 años de edad, podrán retirar su parte del capital (y mientras la viuda o cualquier otro pariente en quien confiemos recibirá una pensión)"
" o de situación que ocurra con seguridad, ejemplo: "al fallecimiento de mi esposa, que mis hijos reciban su parte del capital (si fueran mayores de edad, y si no, que se le siga pagando una pensión a mi hermana)"

 

3. ¿Si el empleado se jubila pierde totalmente este beneficio? ¿Qué pasa con la prima que estaría pagando a la fecha?, hay retroactivos?

Sí, la idea es no duplicar costos, si alguien se jubila, pues ya empezará a recibir una pensión de jubilación, que suponemos será suficiente para que vivan él y su cónyuge mientras vivan o si el jubilado opta por una garantía de 20 años y él muere antes, sus beneficiarios tendrán un ingreso garantizado.

Además las primas que se tienen que pagar por una cobertura de muerte o invalidez a edades avanzadas son demasiado altas.

El instrumento de financiamiento sería un seguro de grupo vida renovable anualmente; si algún empleado se jubilara por ejemplo a la mitad del año póliza, al final del año se haría el ajuste en la prima por movimientos y se le reembolsaría a la empresa la prima no devengada.

 

 

4. Se menciona que el plan termina si a la fecha de invalidez el empleado hubiera cumplido la edad máxima para recibir los beneficios correspondientes? ¿A qué se refieren con esto?

La invalidez total y permanente está cubierta normalmente sólo hasta los 65 años de edad.


 


5. ¿Cuál es el costo del plan y Formas de pagos?

Para poderles dar números, requeriríamos que nos enviaran (puede ser vía correo electrónico) una relación del personal de la empresa que incluyera el nombre (o clave) de cada empleado, su RFC o fecha de nacimiento, su fecha de ingreso a la empresa, su número de afiliación al IMSS y su sueldo nominal.

El beneficio puede ser claculado sobre el sueldo integrado, en cuyo caso necesitaríamos saber cómo lo integran (días de aguinaldo, fondo de ahorro, vales de despensa, bonos, comisiones, etc.)

Con esta información, nosotros cotizaríamos con varias aseguradoras (GNP, ING Comercial América, MetLife Génesis, Monterrey New York Life, Allianz, etc.) y veríamos cuál es la que nos da los menores costos y las mejores condiciones para ustedes.

La forma de pago, tratándose de una empresa grande, podría ser semestral, trimestral o incluso mensual, pagando el recargo correspondiente, o si prefirieran ahorrarse ese recargo, podría ser anual. Sugerimos la forma mensual, ya que los dividendos se los podrán pagar también en forma mensual, por lo que el pago fuerte es sólo el primer mes, y a partir del segundo el pago puede ser mucho menor.

 

 




 



Homero 1425 - 1201, Polanco,
11510
México, D.F.


Tel.1101-0600
Fax. 5580-1305

info@bufetematematico.com
Inicio Nuestros Servicios Quiénes Somos  
Preguntas Frecuentes Novedades ¿BMA es para ti? Contáctanos